Entradas

Recomendaciones para hacer una tesis de Doctorado en Derecho. Taller de Tesis. Dr. Carlos D. Renna

1.- En primer lugar no se puede mencionar un autor de doctrina aplicable, sea nacional o extranjero, si no se cita la referencia bibliografía de la que se extrajo la mención u opinión. Ya que puede interpretarse que no es cierta la mención o cita si no se encuentra la cita. No nos olvidemos que la cita es la prueba que la exposición de la referencia del autor es cierta. La cita bibliográfica le otorga la certificación de que la idea u opinión le corresponde al autor que se menciona. Además, debe indefectiblemente citarse luego en la bibliografía de consulta. La misma debe contemplar todos los autores de renombre y los que hayan escrito sobre el tema de tesis. 2.- La tesis debe contener un hilo conductor rígidamente expuesto sin saltar de un tema a otro porque se pierde la ilación, secuela o conducción de un trabajo científico y consecuentemente lógicamente fundamentado, irrefutable y racional. 3.- El texto de tesis debe ser autosuficiente para que pueda ser evaluado por el tribunal exa...

Como empezar a hacer una tesis. Para Doctorado en Derecho. Taller de tesis. Dr. Carlos Renna

Como empezar a hacer una tesis: 1.- Elegir un “tema” que le guste mucho al Doctorando, con el cual quieras hacer un aporte a la comunidad o al mundo. Es importante que el tema sea “actual” y que signifique un buen aporte a tu profesión. Es preferible que el tema tenga que ver con tu “practica” jurídica o funcional de todos los días. El tema te tiene que significar una “pasión” personal, porque para ocupar muchas horas de tu tiempo de vida debe ser un tema convocante y entusiasta para el doctorando, 2.- Busca todo el material bibliográfico de libros, revistas, apuntes, comentarios sobre el mismo. Investiga por Internet el estado actual de la ciencia en ese sentido. Debes poner todos los libros y material en una caja y asignarle el nombre para tenerlo apropiado desde el espíritu. Cuida esa caja que allí esta la fuente de estudio para realizar una gran pasión personal y profesional. Separa la caja del otro material de estudio que tengas de otros temas para no confundir el objeto de estu...

Zaffaroni dijo no a la censura

Imagen
Zaffaroni, contra la regulación de los contenidos de los medios: “La mejor ley es la Constitución” Miércoles, 18 de Enero de 2012 15:54 Clarín El juez de la Corte sostuvo que hay un “sano pluralismo” en la prensa, aunque evaluó que habría que intensificarlo. Y agregó: “Soy absolutamente contrario a cualquier forma de censura de contenidos”. Eugenio Zaffaroni se manifestó hoy “contrario a cualquier tipo de censura de contenido" a la que consideró como “tremendamente peligrosa”. El juez de la Corte Suprema de Justicia se manifestó contra la regulación de los contenidos de los medios y dijo que “la mejor ley es la Constitución”. En declaraciones por Radio La Red, el magistrado expresó que "a mí me molesta cuando se habla de la Justicia en general" por lo que también señaló que le molestaría que se hable de los medios en general. “Creo que hay un pluralismo que habrá...

Bolivia: juraron 56 jueces elegidos por el voto popular

Imagen
Bolivia tiene en marcha desde este martes una inédita estructura de justicia administrada por magistrados elegidos por voto popular, sistema que registra además una notable incorporación de mujeres, mestizos e indígenas, grupos que hasta ahora estaban prácticamente fuera del esquema judicial. Evo Morales abogó por un Organo Judicial independiente y transparente. Los 56 jueces electos por los ciudadanos juraron en un acto en la sede de la cesante Corte Suprema, en la ciudad de Sucre, en un acto que encabezó el presidente Evo Morales, con lo que se puso fin a un sistema que rigió durante 186 años. Al posesionar a los miembros del tribunal Evo Morales abogó por un Organo Judicial independiente y transparente y pidió a los magistrados y tribunos servir al pueblo y no servirse de la justicia. "Los nuevos magistrados y tribunos del Tribunal Supremo de Justicia, del Tribunal Agroambiental, del Tribunal Constitucional y del Consejo de la Magistratura tienen el reto de c...

Constitucion Nacional ART 18

Art. 18 .- Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes. Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.

Reglamentan la medicina prepaga

Imagen
Todas las prestadoras deberán cubrir el Plan Médico Obligatorio y se regulan prestaciones complementarias y casos de preexistencia. Los usuarios podrán cambiar una vez por año. El Poder Ejecutivo Nacional reglamentó la ley 26.682, que estableció un régimen de regulación de las empresas de medicina prepaga. Después de la ardua polémica que abarcó los derechos de los usuarios y la queja de las prestadoras, en el sentido de que las obligaciones impuestas serían de cumplimiento imposible y las llevarían a la quiebra, los decretos 1991 y 1993, publicados hoy en el Boletín Oficial, reglamentan las pautas referidas a las prestaciones que se deben cubrir; modelos de contratos y sus aspectos legales; aranceles a los prestadores y formas de pago. También las obligaciones que competen a las partes involucradas y sanciones aplicables por infracciones a la ley, y regula los planes de adhesión voluntaria y los planes superadores o complementarios por mayores servicios ...

Brasil inaugura carceles privadas

Imagen
A finales de año se pondrá en práctica por primera vez en Brasil el sistema de cárceles privadas. Se espera que en esas fechas esté concluida la construcción de las primeras dos prisiones administradas por empresas privadas. Los empleados publicos esperan que la capacidad de las nuevas instalaciones en los estados de Minas Gerais y Pernambuco sea de unos 3.000 presos. Por cada recluso de estos centros, el estado de Min as Gerais pagará 75 reales diarios (aproximadamente 50 dolares estadounidenses) a las empresas administradoras del centro. Hoy en día, Brasil es uno de los países con mayores problemas carcelarios del mundo. Según los datos de la ONU, acerca de 470.000 personas están condenadas en prisiones con una capacidad total de 300.000 reclusos. Marcos Siqueira Moraes, representante de la Unidad de Sociedad Pública Privada del gobierno de Minas Gerais, defiende que las cárceles privadas p odrían ayudar a paliar esta situación y ad emás ofrecerí...