Justicia restaurativa y propuestas para politicas de menor en materia penal
RESPUESTAS INTEGRALES DESDE EL ESTADO PARA LA NIÑEZ. JUSTICIA RESTAURATIVA. Por Dr. Carlos Renna.
Síntesis de las propuestas:
•Seguro social de joven: Plan Nacional del menor de 15 a 25 años: Educativo, capacitación laboral, pasantías , Integración : Deportes, recreación, etc.
•Municipalización de las áreas de contención con los recursos necesarios. Prevención comunitaria en escuelas y vecinales( contención del tiempo libre).
•Trabajo para los adultos padres y hermanos mayores que permita darle de comer a los hijos en su casa.
Respuestas del Estado para la niñez.Promover la Escuela modelo productiva y preventiva. Instalar propuestas y proyectos de producción desde la escuela integrando a la familia.
•Asignar recursos económicos de Asistencia y prevención de drogas ( Ley Provincial).
Respuestas del Estado para la niñez.Reformar los institutos de menores y compatibilizarlos con la actividad privada.
•Darle recursos a los Juzgados de menores para que puedan cumplir con las expectativas legales. Ej. Psicólogos, asistentes sociales, terapistas laborales, operadores terapéuticos, abogados, etc. Que permitan individualizar cada caso y ordenar un programa de prevención o recuperación.
Respuestas del Estado para la niñez.
•Implementar la mediación de menores para conciliar casos patrimoniales y la reparación civil del daño.
•Diseñar la Justicia Restaurativa en menores.
Estrategias para abordar el problema de la minoridad.Santa Fe.
•1.- Promoción de la niñez dirigido a 1.000.000 de menores de 1 a 18 años. Para que no delincan . Educación, capacitación laboral, recreación. Recursos nacionales.
•2.- Sistema de atención especializada , programa de libertad asistida y asistencia de adictos, para casos de delitos leves. Probación y mediación.3.000 menores.
Estrategias para abordar el problema de la minoridad
•3.- Internación para casos de delitos graves ( homicidio, violación, secuestro, robo con armas)en lugares bien instalados con educación y talleres laborales y asistencia, cerrados o semi abiertos, 200 casos.
Desde la perspectiva legal.
•Si se baja a 15 años la imputabilidad se debe:
•1.- Bajar la edad para votar a los 15 años.
•2.- Bajar la edad para manejar autos.
•3.- Bajar la edad para administrar bienes.
•4.- Bajar la edad para casarse.
•5.- Bajar la edad laboral.
Definir el rol jurídico que acepta el Estado como política a seguir.
•Paternalista: actual donde el juez evalúa la posibilidad de disponer del menor por abandono material o moral. No se lo juzga en base a la sana critica racional.
•Clásico, racional: de legalidad, acusatorio, donde se juzga al menor como un mayor, donde tiene posibilidad de defensa y de evaluar la prueba.
•No se lo puede detener por causas que no sean delitos.
Justicia Restaurativa:
•El movimiento de la Justicia Restaurativa comenzó en Inglaterra, en 1975. Conocida entonces como el Domingo del Prisionero, su propósito consistía en recordar a las personas acerca de los hombres y mujeres encarcelados en el país. La conmemoración fue extendida a una semana en 1995, y un año después su nombre se cambió a Semana de la Justicia Restaurativa a fin de reflejar el creciente interés por las víctimas y comunidades, así como por los prisioneros.
Justicia Restaurativa:
• Hay más de 500 programas de mediación y de proyectos en Europa, y más de 300 en USA. y Canadá.
•En 1999 el Comité de Ministros del Consejo de Europa adoptó una recomendación sobre el uso de mediación en casos penales.
•El manual internacional de la Organización de las Naciones Unidas sobre Justicia para Víctimas anota que “el armazón para la justicia restaurativa involucra al infractor, la víctima, y la comunidad entera”.
Justicia Restaurativa:
•La justicia Restaurativa es un nuevo movimiento en el campo de la victimología y criminología.
•Reconociendo que el crimen causa daños a las personas y comunidades, se insiste en que la justicia repara esos daños y que a las partes se les permita participar en ese proceso. Justicia Restaurativa:
•Los programas de justicia restaurativa, por consiguiente, habilitan a la víctima, al infractor y a los miembros afectados de la comunidad para que estén directamente involucrados en dar una respuesta al crimen.
• Ellos llegan a ser el centro del proceso de justicia penal, con profesionales legales adecuados de un sistema que apunta a la responsabilidad del infractor, la reparación a la víctima, y la total participación de esta, el infractor y la comunidad. Justicia Restaurativa.
•El proceso restaurador debe involucrar a todas las partes, como aspecto fundamental para alcanzar el resultado restaurador de reparación.
Justicia Restaurativa
•La justicia restaurativa es diferente de la justicia clásica penal contemporánea en muchas maneras.
•Primero, ve los actos criminales en forma más amplia: en vez de defender el crimen como simple trasgresión de las leyes, reconoce que los infractores dañan a las víctimas, comunidades y aun a ellos mismos.
Justicia Restaurativa
•Segundo, involucra más partes en repuesta al crimen: en vez de dar papeles clave solamente al gobierno y al infractor, incluye también víctimas y comunidades.
•Tercero, mide en forma diferente el éxito: en vez de medir cuanto castigo fue infringido, mide cuantos daños son reparados o prevenidos. Justicia Restaurativa:
•Hay 3 métodos que son el sello de calidad de Justicia Restaurativa:
•1.- Mediación entre la víctima y victimario.
•2.- Reuniones de comunidad y victimas y victimarios.
•3.- Tratado de paz y círculos de sentencias.
Dr. Carlos Renna. Material expuesto en diapositivas en las Jornadas sobre imputabilidad de los menores en el Colegio de Abogados de Santa Fe. 2004.
Síntesis de las propuestas:
•Seguro social de joven: Plan Nacional del menor de 15 a 25 años: Educativo, capacitación laboral, pasantías , Integración : Deportes, recreación, etc.
•Municipalización de las áreas de contención con los recursos necesarios. Prevención comunitaria en escuelas y vecinales( contención del tiempo libre).
•Trabajo para los adultos padres y hermanos mayores que permita darle de comer a los hijos en su casa.
Respuestas del Estado para la niñez.Promover la Escuela modelo productiva y preventiva. Instalar propuestas y proyectos de producción desde la escuela integrando a la familia.
•Asignar recursos económicos de Asistencia y prevención de drogas ( Ley Provincial).
Respuestas del Estado para la niñez.Reformar los institutos de menores y compatibilizarlos con la actividad privada.
•Darle recursos a los Juzgados de menores para que puedan cumplir con las expectativas legales. Ej. Psicólogos, asistentes sociales, terapistas laborales, operadores terapéuticos, abogados, etc. Que permitan individualizar cada caso y ordenar un programa de prevención o recuperación.
Respuestas del Estado para la niñez.
•Implementar la mediación de menores para conciliar casos patrimoniales y la reparación civil del daño.
•Diseñar la Justicia Restaurativa en menores.
Estrategias para abordar el problema de la minoridad.Santa Fe.
•1.- Promoción de la niñez dirigido a 1.000.000 de menores de 1 a 18 años. Para que no delincan . Educación, capacitación laboral, recreación. Recursos nacionales.
•2.- Sistema de atención especializada , programa de libertad asistida y asistencia de adictos, para casos de delitos leves. Probación y mediación.3.000 menores.
Estrategias para abordar el problema de la minoridad
•3.- Internación para casos de delitos graves ( homicidio, violación, secuestro, robo con armas)en lugares bien instalados con educación y talleres laborales y asistencia, cerrados o semi abiertos, 200 casos.
Desde la perspectiva legal.
•Si se baja a 15 años la imputabilidad se debe:
•1.- Bajar la edad para votar a los 15 años.
•2.- Bajar la edad para manejar autos.
•3.- Bajar la edad para administrar bienes.
•4.- Bajar la edad para casarse.
•5.- Bajar la edad laboral.
Definir el rol jurídico que acepta el Estado como política a seguir.
•Paternalista: actual donde el juez evalúa la posibilidad de disponer del menor por abandono material o moral. No se lo juzga en base a la sana critica racional.
•Clásico, racional: de legalidad, acusatorio, donde se juzga al menor como un mayor, donde tiene posibilidad de defensa y de evaluar la prueba.
•No se lo puede detener por causas que no sean delitos.
Justicia Restaurativa:
•El movimiento de la Justicia Restaurativa comenzó en Inglaterra, en 1975. Conocida entonces como el Domingo del Prisionero, su propósito consistía en recordar a las personas acerca de los hombres y mujeres encarcelados en el país. La conmemoración fue extendida a una semana en 1995, y un año después su nombre se cambió a Semana de la Justicia Restaurativa a fin de reflejar el creciente interés por las víctimas y comunidades, así como por los prisioneros.
Justicia Restaurativa:
• Hay más de 500 programas de mediación y de proyectos en Europa, y más de 300 en USA. y Canadá.
•En 1999 el Comité de Ministros del Consejo de Europa adoptó una recomendación sobre el uso de mediación en casos penales.
•El manual internacional de la Organización de las Naciones Unidas sobre Justicia para Víctimas anota que “el armazón para la justicia restaurativa involucra al infractor, la víctima, y la comunidad entera”.
Justicia Restaurativa:
•La justicia Restaurativa es un nuevo movimiento en el campo de la victimología y criminología.
•Reconociendo que el crimen causa daños a las personas y comunidades, se insiste en que la justicia repara esos daños y que a las partes se les permita participar en ese proceso. Justicia Restaurativa:
•Los programas de justicia restaurativa, por consiguiente, habilitan a la víctima, al infractor y a los miembros afectados de la comunidad para que estén directamente involucrados en dar una respuesta al crimen.
• Ellos llegan a ser el centro del proceso de justicia penal, con profesionales legales adecuados de un sistema que apunta a la responsabilidad del infractor, la reparación a la víctima, y la total participación de esta, el infractor y la comunidad. Justicia Restaurativa.
•El proceso restaurador debe involucrar a todas las partes, como aspecto fundamental para alcanzar el resultado restaurador de reparación.
Justicia Restaurativa
•La justicia restaurativa es diferente de la justicia clásica penal contemporánea en muchas maneras.
•Primero, ve los actos criminales en forma más amplia: en vez de defender el crimen como simple trasgresión de las leyes, reconoce que los infractores dañan a las víctimas, comunidades y aun a ellos mismos.
Justicia Restaurativa
•Segundo, involucra más partes en repuesta al crimen: en vez de dar papeles clave solamente al gobierno y al infractor, incluye también víctimas y comunidades.
•Tercero, mide en forma diferente el éxito: en vez de medir cuanto castigo fue infringido, mide cuantos daños son reparados o prevenidos. Justicia Restaurativa:
•Hay 3 métodos que son el sello de calidad de Justicia Restaurativa:
•1.- Mediación entre la víctima y victimario.
•2.- Reuniones de comunidad y victimas y victimarios.
•3.- Tratado de paz y círculos de sentencias.
Dr. Carlos Renna. Material expuesto en diapositivas en las Jornadas sobre imputabilidad de los menores en el Colegio de Abogados de Santa Fe. 2004.
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