LA LEY DE MEDIACION EN SAN LUIS

En diciembre del año pasado los Diputados y en enero de este año los Senadores de la provincia de San Luis dieron el vistobueno para la ley que instituye a la mediación en el ámbito de la provincia,como método no adversarial de resolución de conflictos. La norma fueoficializada en 2010 con su publicación en el Boletín Oficial provincial.
Se trata de la Ley Nº IV-0700-2009, que cuenta con 53 artículos, y establece un plazo no mayor a 90 días para que se elabore su reglamentación y entre envigencia plenamente.
En primer lugar, la ley precisa el concepto de mediación, tanto judicial como extrajudicial. A la primera la define como “aquella que se efectúa en cualquierinstancia del proceso, luego de interpuesta la demanda”. Mientras que lasegunda es la “realizada ante el Centro Judicial y Extrajudicial o en losCentros Privados de Mediación habilitados de conformidad a la presente Ley”.
Asimismo, la normativa establece una serie de casos en los que la mediación será obligatoria. Esto es en toda contienda civil, comercial y/o laboral, cuyoobjeto sea materia disponible por los particulares; en todos los procesos endonde se solicite el beneficio de litigar sin gastos; en las acciones civilesresarcitorias derivadas de acciones tramitadas en el fuero penal; en los aspectospatrimoniales originados en asuntos de familia, otras acciones conexas(tenencia de hijos, régimen de visitas, etc.); en los procesos de ejecución yjuicios de desalojo y cuando el Juez, por la naturaleza del asunto, sucomplejidad, los intereses en juego, estime conveniente intentar la solucióndel conflicto por la vía de la Mediación.
Quedando excluidos, entre otros, los procesos penales por delitos de acción pública; los procesos de estado de familia, acciones de divorcio vincular o separaciónpersonal por presentación conjunta, nulidad del matrimonio, filiación, patriapotestad y adopción; amparos, hábeas corpus y hábeas data, y las “causas en queel Estado Provincial o Municipal, Organismos Autárquicos o EntesDescentralizados sean parte, salvo expresa voluntad del organismo participantemanifestada por la norma que legalmente corresponda”.
También el procedimiento de mediación “tendrá carácter confidencial” y no se deberá dejar constancia ni registro alguno de los dichos y opiniones que expresen las partesen la audiencia. Además, estas no podrán ser incorporadas como pruebas en elproceso judicial posterior.
Fuente: Diario Judicial
LA IMPLEMENTACION DE LA LEY
En mayo del 2010 El Superior Tribunal de Justicia anunció a la comunidad de la provincia de San Luis, la puesta en vigencia de la obligatoriedad de la Mediación Judicial yExtrajudicial (Ley IV-700-09/ Decreto reglamentario Nº 534-MGJyG-2010) yAcuerdos del Superior Tribunal Nº 267/10 y Nº 269/10 que establecen lareglamentación del Centro de Mediación Judicial y Extrajudicial y la creacióndel fondo de financiamiento para las personas en condiciones de vulnerabilidad.
En una convocatoria realizada a los medios de comunicación locales, el presidente del Alto Cuerpo Judicial, Dr. Oscar Eduardo Gatica, junto a los ministros Dres. FlorencioDamián Rubio y Horacio Zavala Rodriguez, y la coordinadora del Centro deMediación de San Luis, Dra. Mónica Corvalán, comunicaron cómo será el trámitede este proceso que se ha establecido en la mencionada normativa.
En su exposición el Dr. Gatica explicó que “el tema de la mediación surgió hace muchos años a nivel nacional como uno de los medios alternativos para laresolución de conflictos, ya que muchas veces, las estructuras judiciales nologran satisfacer todos los conflictos que se ocasionan en la comunidad. Porello celebramos la implementación de esta ley porque con la mediación–constituido como un medio rápido para la resolución de conflictos-, selograría descomprimir el trabajo tribunalicio en gran medida”.
Por su parte, el Dr. Rubio dio a conocer los resultados que ha arrojado la puesta en marcha de la experiencia piloto: “Desde sus inicios, entre el 30 de septiembrede 2008 y el 30 de septiembre de 2010, ingresaron a la Primera CircunscripciónJudicial, 263 planteos o requerimientos de mediación y 329 en la SegundaCircunscripción. Lo que da un total de 592 pedidos de mediación”. Respecto alos acuerdos arribados en este proceso, el ministro del STJ informó que seformalizaron 67 acuerdos en San Luis y en Villa Mercedes, 68. Es decir, untotal de 135 acuerdos.
La Dra. Corvalán comentó que la mayoría de las causas que han ingresado son casos vinculados a familia, tenencia, régimen de alimentos, régimen de visitas, etc.,pero también mencionó que han entrado cuestiones civiles, laborales yconflictos entre vecinos.
Asimismo, señaló que antes la participación en la mediación era totalmente voluntaria. A partir de la aplicación de esta ley, en el día de la fecha, comienza laremisión obligatoria por parte de los juzgados de las causas al Centro deMediación Judicial. Y aclaró que las causas que deben ser remitidas segúnestablece la ley, son las consideradas mediables – es decir, en aquellas dondeno esté comprometido el orden público-, como de naturaleza civil, comercial,minas, familia, laboral y todo lo que ingrese por el juzgado de Paz Letrado.Esto implica que todas las personas que inicien un juicio, su causa seráremitida a mediación judicial.
Respecto al procedimiento, la Coordinadora del Centro aclaró que “la remisión de causas será gradual, lo que no quiere decir que todas las causas serán remitidas enesta primera etapa. Por ello, se ha establecido de acuerdo a la capacidadoperativa de los centros de mediación de San Luis y Villa Mercedes, que paracomenzar, la cantidad que van a ingresar serán las primeras 5causas remitidas por cada juzgado civil, laboral, familia y paz letrado,en las dos circunscripciones judiciales (1º y 2º), lo que hará un total de 45causas por mes. “Generalmente, la mediación lleva varias audiencias,dependiendo de cada asunto las que pueden ser conjuntas o privadas con cada unade las partes, también dependiendo del mediador que está llevando el proceso”.
También añadió que la mediación tiene un costo establecido por la ley, ya que el mediador -que es el profesional capacitado para intervenir en la mediación-, noes un personal del Poder Judicial, sino que es un profesional independiente yestá previsto el cobro de un honorario por la labor que realice. En principio estoshonorarios son establecidos por las partes. Y mencionó que “también se haprevisto, teniendo en cuenta el acceso a justicia, la mediación gratuita paraaquellas personas que acrediten que sus ingresos sean inferiores a mil pesos.Esta disposición será considerada para las mediaciones extrajudiciales, esdecir, para las que ingresen directamente por el Centro de Mediación Judicial,sin iniciar juicio o para las derivadas por las defensorías de menores”.
Para concluir, la Dra. Corvalán explicó que “este proceso implica un cambio cultural para todos los que trabajamos en la justicia, lo que va a llevar un tiempo, laadaptación a este proceso. Lo positivo, es que la Mediación es una nuevaalternativa que tiene el ciudadano de resolver su conflicto y ser elprotagonista de la solución de su problema”.
Un reconocimiento a los primeros mediadores…
A continuación de la conferencia de prensa, se proyectó un video que sintetizó el inicio de la Mediación en los tribunales de San Luis.
Luego, para dejar plasmada esta fecha tan importante, el presidente del Superior Tribunal, Dr. Oscar Eduardo Gatica, junto a una profesional mediadora, Dra.María Marta Márquez, descubrieron una placa recordatoria, donde se reconoció“el compromiso y la convicción puestos de manifiesto por los primerosmediadores y colaboradores, en la puesta en marcha del Plan Piloto de MediaciónJudicial”.
Finalmente, la mediadora, Dra. Zulma Jofré, expresó su satisfacción por este logro y agradeció al Superior Tribunal y al Centro de Mediación, por la capacitación yatención brindada durante la vigencia del mismo.
CENTRO VECINAL DE MEDIACION
El Centro de Mediación recorre los barrios para solucionar los problemas vecinales
Esta iniciativa se lleva a cabo para corroborar las denuncias realizadas por los mismos vecinos. Los casos más comunes son humedad en las paredes, construcciones sobre las medianeras, conexiones clandestinas y ruidos molestos entre otros.
El Centro de Mediación Vecinal Municipal, salió a recorrer los barrios de la ciudad para brindar soluciones a todos aquellos vecinos que realizan reclamos ypor algún motivo no pueden asistir posteriormente a las reuniones pautadas.Al respecto, el Lic. Darío Pantano, Coordinador del centro, brindódetalles acerca de las actividades diarias que realiza el organismo y destacó que “cada nota que presenta un vecino por conflicto, conforma un expediente. Allí, se cita a las partes implicadas a fin de ampliar los datos y tener un panorama real dela situación. Posteriormente, se realizan verificaciones técnicas o jurídicas de cada uno de los casos y se elabora un informe donde consta si existe o no una contravención a las normativas vigentes entre otros detalles”, destacó.
Visitas a los barrios
Al consultarle por las inspecciones y visitas a los barrios, el psicólogo dijo que visitaron el Plan Lote Eva Perón y el barrio San Martín ya que reciben constantemente denuncias sobre casos de humedad en las paredes, construcciones sobre las medianeras, ramas de árboles que golpean el techo de un vecino, conexiones clandestinas, ruidos molestos sobre todo por las noches o a la siesta, derroche de agua que invade la propiedad del vecino, entre otros casos.“Es importante para el Centro verificar y corroborar los casos. Luego de ello,citamos a las partes implicadas para mantener un dialogo y llegar a un acuerdo”, especificó Pantano.Por último, el titular del área dijo que los vecinos que se encuentren ante unasituación problemática con su vecino y que no pueda solucionarla a través del diálogo, deben dirigir una nota a la Municipalidad de la Ciudad de San Luis, pidiendo la intervención o acercarse al Centro de Mediación Vecinal ubicado en General Paz 732, de lunes a viernes de 9 a 12 horas. POR ANTONIO TULA.-

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