Reglamentaron la Ley de Mediación Prejudicial Obligatoria
Comienza así la implementación progresiva de la norma, que está a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Cuando el sistema rija habrá que pasar por esta instancia antes de iniciar un juicio en materia civil y comercial.
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Héctor Superti, dio a conocer este jueves que el Poder Ejecutivo reglamentó la ley de mediación prejudicial obligatoria en materia civil y comercial a través del decreto N° 1.747, por lo que comienza la implementación progresiva de esta trascendente norma según la cual habrá que pasar por la instancia de la mediación antes de iniciar un juicio.
Experiencias en otras jurisdicciones han demostrado que muchos de los conflictos se resuelven en esta etapa previa, de allí que el sistema no sólo ofrece más respuestas a las partes sino que redunda en un descongestionamiento de los Tribunales.
La presentación formal y completa del plan de implementación será el lunes 12 de setiembre en el salón Blanco de la casa de Gobierno de Santa Fe con la presencia del gobernador Hermes Binner, según anunció el ministro, que tiene a su cargo la puesta en marcha del novedoso sistema.
“Como ya lo hemos dicho en otras oportunidades, la mediación es una de las tres patas fundamentales de la transformación de la justicia en la provincia de Santa Fe, las otras dos son la reforma procesal penal y la justicia comunitaria de pequeñas causas”, explicó Superti.
“El decreto reglamentario nos permite dar los pasos finales para la implementación porque resuelve cuestiones orgánicas y procedimentales. En setiembre haremos las pruebas del servicio informático, en octubre abrimos el registro de mediadores y en noviembre lo ponemos en marcha en Rosario y Santa Fe en algún fuero específico”, detalló el funcionario.
Los pasos a seguir
La ley de mediación había sido impulsada por el Poder Ejecutivo, que envió un mensaje a la Legislatura en 2009, en el marco de sus políticas de transformación de los sistemas judiciales de la provincia. El año pasado la norma fue aprobada y ahora el decreto, firmado por Binner y Superti, reglamenta cuestiones orgánicas y de procedimiento.
En primer término, establece que al sistema lo gerenciará una agencia, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y estará apoyada en tres oficinas. Una tendrá el registro de mediadores, de co-mediadores y de entidades habilitadas para la capacitación de los mismos, la oficina de gestión recibirá los pedidos de mediación, sorteará los mediadores y los notificará y la tercera llevará los protocolos y archivos de actas donde van a quedar registradas las actuaciones, ya sea por haber llegado a un acuerdo o no (en ese caso quedan habilitadas las partes para concurrir a la justicia).
“En setiembre se realizarán las pruebas, fundamentalmente en materia informática, ya que una de las características de los sistemas de gestión es que casi todo se hará vía Internet y en esto Santa Fe asume una modalidad inédita en relación a otros lugares en los que ya funciona la mediación previa obligatoria”, anunció Superti. En ese sentido explicó que los abogados van a requerir la mediación por Internet y la oficina de gestión lo vehiculizará, “ahorrando en trámites y desplazamientos y dándole agilidad al sistema”.
En tanto, en octubre se abrirá el registro de mediadores. “En este momento se está terminando la capacitación y en noviembre vamos a poner en marcha la mediación en Rosario y en Santa Fe, en algún fuero específico”, concluyó el ministro. El plazo para que rija plenamente el sistema es de tres años.
opinion : la mediacion es un sistema de solucion de conflictos previos a la instancia judicial, en el se resuelven derechos y se acuerda la correspondencia o no de los mismos como ocurre en temas de familia, laborales, civiles y penales.
No puede en ningun caso estar dicha solucion en ambitos de otro poder que no sea del Judicial o del Colegio de Abogados, porque si esta en manos del poder legislativo o ejecutivo se viola en forma grave la independencia de poderes del estado y el equilibrado control de los mismos.
El Colegio de abogados deberia entender esta importante consigna constitucional y dejar de mirar para otro lado.Los mediadores deben ser abogados, y solo en temas comunitarios, pequeños problemas de vecinos o escuela por cuestiones menores pueden intervenir otras personas como mediadores que no sean abogados.
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