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Mostrando entradas de septiembre, 2012

caso Mattei plazo razonable del proceso penal. CSJN

Por Luciana Glenda Basile y María Belén Diez Azconegui “La garantía del plazo razonable en la duración de los procesos, a la luz de la jurisprudencia de los Organismos Supranacionales de Derechos Humanos, y Cortes Supremas de los Estados Unidos de América y Nacional” Sumario: I. Introducción. II. Jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. III. Informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. IV. Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos de América. V. Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. VI. Conclusiones Personales. VII. Bibliografía. I. Introducción. La garantía conocida como el Plazo Razonable de Duración del Proceso Penal, tiene hoy expresa tutela constitucional, al encontrarse prevista en la Convención Americana de Derechos Humanos, Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, Pacto Internacional de Derechos

Fallo Acosta probation

SUSPENSION JUICIO A PRUEBA – FALLO ACOSTA CSJN mayo 8, 2008 Suspensión del juicio a prueba. Denegación del beneficio a imputado por delito cuya pena en abstracto supera los tres años. Recurso extraordinario. Revocación de la sentencia Corte Suprema de Justicia de la Nación 23 de abril de 2008. Acosta, Alejandro Esteban -I- La Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal declaró mal concedido el recurso interpuesto contra lo resuelto por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la provincia de Santa Fe, en cuanto no hizo lugar a la suspensión del juicio a prueba solicitada por el imputado (fs. 4/9 y 11/16). En este sentido, consideró insustancial la protesta por falta de tratamiento del planteo vinculado con el artículo 10 de la ley 24.050, al sostener su constitucionalidad en consonancia con la jurisprudencia vigente de V.E. y los argumentos vertidos en un precedente del mismo tribunal que citó al efecto. Asimismo, atribuyó una defectuosa fundamentación al recurso en relación co

CSJN Fallo Acosta probation tesis amplia

La Corte le da amplia interpretación a la probation Lo hizo tras dejar sin efecto una sentencia que dengó el beneficio a un acusado de tenencia simple de estupefacientes. Los jueces entendieron que para conceder la probation no se puede considerar únicamente el plazo de 3 años que no debe superar porque se incurriría en una “exégesis irrazonable de la norma”. FALLO COMPLETO En el recurso de hecho deducido por la defensora oficial en la causa “Acosta, Alejandro Esteban s/ infracción art. 14, 1 párrafo ley 23.737”, la Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que denegaba el beneficio al imputado de tenencia simple de estupefacientes. Los magistrados entendieron que para conceder el beneficio previsto en el art. 76 bis (Suspensión del Juicio a Prueba-Probation), no se debería considerar sólo los supuestos que preveen una pena de reclusión o prisión máxima de tres años, ya que se estaría realizando una ”interpretación irrazonable de la norma”. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de

plenario Kosuta

Plenario N° 5, “KOSUTA, Teresa R. s/ recurso de casación”. En la ciudad de Buenos Aires, a los 17 días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve, reunidos los señores jueces de la Cámara Nacional de Casación Penal, en virtud de la autoconvocatoria admitida en la causa N° 1403 del registro de la Sala III, caratulada “Kosuta, Teresa Ramona s/ recurso de casación”, Los señores jueces doctores Jorge Osvaldo Casanovas y Guillermo José Tragant dijeron: Primero: El marco expositivo de esta convocatoria aparece constreñido conceptualmente a los siguientes interrogantes: “I) Pena sobre la que debe examinarse la procedencia del instituto previsto en el artículo 76 bis y siguientes del Código Penal; II) Procedencia o no del instituto cuando el delito tiene prevista pena de inhabilitación; III) Carácter vinculante o